Llegado el momento de vender un bien inmueble, muchos propietarios optan por contratar los servicios de un agente inmobiliario o de una agencia con amplia experiencia en el sector.
Las ventajas que ofrece esta opción son varias:
- Experiencia en la venta de inmuebles de todo tipo (residenciales, industriales, comerciales, etc.).
- Capacidad para atraer a posibles compradores, así como la habilidad necesaria para interactuar y negociar con ellos.
- Manejo de las tendencias del mercado inmobiliario (rango de precios, mejores momentos para ofertar, entre otras variables).
- Conocimiento de los estamentos jurídicos y de los pasos burocráticos que deben cumplirse.
- Capacidad de gestión e intermediación ante los entes administrativos encargados de velar las actividades del sector de bienes raíces.
- Inversión mínima de dinero. Por lo general, quienes prestan servicio de intermediación entre vendedores y compradores potenciales, reciben como ganancia un porcentaje de la venta del inmueble.
- Los propietarios no tienen por qué dedicar su tiempo al proceso de la venta. Publicaciones en distintos medios o formatos, así como las citas y visitas por parte de personas interesadas, son gestionadas de manera exclusiva por los vendedores contratados.
Cómo contratar los servicios de un agente inmobiliario
Una vez seleccionado el corredor o la agencia inmobiliaria a la que se le delegará la venta de la propiedad, debe firmarse un contrato de Intermediación Inmobiliaria.
Se trata de un acuerdo de carácter privado, consensuado y voluntario. La función de este documento, es dejar constancia escrita del acuerdo de colaboración comercial y de todos los detalles relativos al papel mediador por parte de la agencia o el corredor inmobiliario.
Qué debe incluirse en el documento
No existe regulación legal que establezca pautas o regule el contenido de este tipo de contratos.
Sin embargo, lo recomendable en todos los casos, es que cualquier acuerdo entre las partes (vendedor-propietario en un extremo, agente o agencia inmobiliaria, responsable de la venta, por el otro), quede por escrito.
Los puntos básicos a incluir, sin prescindir de otros que pudiesen surgir de situaciones particulares, son los siguientes:
- Nombres y apellidos del propietario, así como la nacionalidad, profesión, NIF, y domicilio.
- Identificación comercial del corredor inmobiliario o agencia.
- Características de la propiedad a la venta, especificando todos los detalles a los que haya lugar. Deben incluirse los datos registrales y la documentación jurídica del inmueble.
- Precio en el que se ofrece la propiedad.
- Autorización para que los agentes intermediarios reciban pagos a cuenta de reservas u otras consideraciones, en su caso.
- Autorizar la promoción y publicación de fotos y/o videos relativos a la venta, por cualquier medio digital, físico o audiovisual (si procede).
- Honorarios y/o porcentaje que recibirán los intermediarios al concretarse la venta. Dentro de este apartado debe calcularse e incluirse el IVA, así como la metodología a utilizar para liquidar este importe.
- Se hará constar la entrega de llaves a los agentes inmobiliarios, con el propósito de permitir las visitas al inmueble junto a posibles compradores.
- Debe aclararse si el contrato de gestión o colaboración comercial es exclusivo. Hay casos en que los propietarios optan por colocar a la venta sus inmuebles con varios vendedores a la vez.
- Duración del contrato. Del mismo modo, las condiciones para la renovación o interrupción de la relación comercial entre las partes.
En MilContratos.com ponemos a tu disposición los siguientes contratos:
Contrato de mandato de agencia inmobiliaria
Contrato de agencia inmobiliaria (en régimen de venta)